Melendez, Florentin

La suspensión de los derechos fundamentales en los estados de excepción según el derecho internacional de los derechos humanos / Florentin Melendez - San Salvador Criterios 1999 - 417 p.

Indice general en p.I-V

LAS FACULTADES DE SUSPENCION O DEROGACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Evolución histórica; Concepto; Naturaleza jurídica; Características; Ámbito de aplicación. LOS ESTADOS DE EXCEPCION. Naturaleza jurídica; Características; Ámbito de aplicación de los estados de excepción; Instituciones de excepción según el derecho comparado; Efectos de los estados de excepción en el ámbito interno de los estados; Repercusiones en materia de derechos humanos. LA PROTECCION INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS ESTADOS DE EXCEPCION. Aspectos generales de la protección internacional en los estados de excepción; Principios de derecho internacional de los estados de excepción; Garantías de los derechos fundamentales en los estados de excepción; El control de constitucionalidad de las leyes; El amparo. LAS FACULTADES DE SUSPENSION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS SISTEMAS DE PROTECCION INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Sistema universal; Organización de las naciones unidas; Evolución histórica de la protección internacional; Instrumentos convencionales; Instrumentos declarativos y principios jurídicos; Las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos. AMBITO DE APLICACION DEL SISTEMA UNIVERSAL. Órganos y procedimientos de protección aplicables en los estados de excepción. ORGANOS Y PROCEDIMIENTOS CONVENCIONALES. El comité de derechos humanos; El comité para la eliminación de la discriminación racial. PROPUESTAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE PROTECCION UNIVERSAL. El protocolo adicional al pacto internacional de derechos civiles y políticos sobre la protección de los derechos humanos en los estados de excepción; El protocolo adicional al pacto internacional de derechos civiles y políticos sobre protección juridicial.


DERECHOS HUMANOS
ESTADOS DE EXCEPCION
PROTECCION DE LA MUJER
PROTECCION DEL NIÑO
CODIGO DE CONDUCTA

342.4 / M454